Documentación de Protección de Datos
Autoridades de control
1. España
- Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) – Autoridad estatal, con competencia en todo el territorio nacional.
- Autoridad Catalana de Protección de Datos (APDCAT) – Competencia en el ámbito de la Generalitat y entidades vinculadas en Cataluña.
- Agencia Vasca de Protección de Datos (AVPD) – Competencia en el ámbito institucional del País Vasco.
- Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía – Competencia en el ámbito institucional de la Junta de Andalucía.
2. Unión Europea
- 27 autoridades nacionales (por ejemplo: AEPD en España, CNIL en Francia, Garante Privacy en Italia, Data Protection Commission en Irlanda, etc.).
- Supervisor Europeo de Protección de Datos (SEPD): autoridad para instituciones y organismos de la UE.
- Comité Europeo de Protección de Datos (CEPD): órgano independiente que asegura la coherencia y cooperación entre autoridades
Normativa general
1. España
- Constitución Española (CE), en especial los arts. 18 y 20.
- LOPDGDD (Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales o LOPDGDD).
- Sentencia TC que declara nulo el apartado 1 del art. 58 bis de la Ley Orgánica 5/1985 incorporado a esta por la disposición final tercera, apartado dos, de la Ley Orgánica 3/2018 (nota de prensa y descarga de stc.).
- RLOPD 1720/2007: En vigor en todo lo que no contradiga, se oponga o resulte incompatible con lo dispuesto en el RGPD y en la LOPDGDD.
- Ley Orgánica 7/2021, de 26 de mayo, de protección de datos personales tratados para fines de prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de infracciones penales y de ejecución de sanciones penales.
- Códigos
2. Unión Europea
- Reglamento general de protección de datos (versión consolidada en español)
- Directiva (UE) 2016/680 – Protección de datos en el ámbito penal
- Carta de los Derechos Fundamentales de la UE (art. 7 y 8)
- Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (art. 16)
- Reglamento (UE) 2023/2854 – Data Act
- Reglamento (UE) 2022/868 – Data Governance Act (DGA)
- Directiva (UE) 2019/1024 – Datos abiertos y reutilización de información del sector público
Administración Pública
Normativa principal
- Reglamento (UE) 2018/1725: regula la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por las instituciones, órganos y organismos de la Unión, y a la libre circulación de esos datos.
- Ley 23/2011 de depósito legal (art. 8): La Biblioteca Nacional podrá conservar copias de los sitios web que considere.
- Reglamento eIDAS: REGLAMENTO (UE) No 910/2014 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 23 de julio de 2014 relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior y por el que se deroga la Directiva 1999/93/CE
- Ley 19/2013 de transparencia (arts. 5 y 15): Establece la obligación para las administraciones públicas de publicar sus registros de actividad y determina la forma de entregar documentos en los que consten datos personales.
- Orden INT/3215/2010, del conductor habitual y del arrendatario a largo plazo: Exige la firma del conductor para su inscripción en el Registro de Vehículos.
Sanidad
1. Normativa sanitaria específica
- Ley 41/2002, de autonomía del paciente Regula el consentimiento informado, acceso a la historia clínica y conservación de documentación clínica (mínimo 5 años).
- Ley Orgánica 2/2010, de interrupción voluntaria del embarazo Exige cifrado y custodia separada de datos sensibles; cancelación a los 5 años (arts. 20-21).
- Ley Orgánica 3/2013, contra el dopaje en el deporte Regula cesiones de datos sanitarios en controles antidopaje (arts. 15, 16, 54, 63).
- Ley Orgánica 10/2007, sobre bases de datos de ADN Impone estándares máximos de seguridad en su gestión.
2. Normativa laboral y prevención de riesgos
- Real Decreto 664/1997 Protección frente a agentes biológicos en el trabajo (incluye SARS-CoV-2).
- Real Decreto-ley 6/2020 Considera el contagio por COVID-19 como accidente de trabajo.
- Criterio Orientador 102/2020 (Inspección de Trabajo) Aplica el RD 664/1997 según el nivel de riesgo por COVID-19.
3. Criterios y resoluciones de la AEPD
- Informe 17/2020 Tratamientos de datos personales en el contexto COVID-19.
- Comunicado sobre anticuerpos y empleo Prohíbe usar esta información para discriminar en procesos laborales.
- Comunicado sobre toma de temperatura Considera este tratamiento como dato personal si permite identificar a la persona.
- Instrucción AEPD 0038/2021 Acceso a la historia clínica en ensayos clínicos; el promotor es responsable del tratamiento.
4. Sentencias y dictámenes relevantes
- Dictamen APDCAT sobre toma de temperatura Requiere evaluación previa del servicio de prevención de riesgos laborales.
- Stc TSJ C. Valenciana 2335/2020 La toma de temperatura puede ser función de los vigilantes de seguridad.
5. Casos de archivo por la AEPD
- E/03884/2020 (Cruz Roja – Metro Bilbao) Toma de temperatura sin identificación; excluido del RGPD.
- E/03882/2020 (El Corte Inglés) Cámaras termográficas sin identificación; excluido del RGPD.
Comunicación, marketing y prensa
1. Normativa aplicable
- Directiva 2000/31/CE sobre comercio electrónico Regula aspectos jurídicos de los servicios de la sociedad de la información, especialmente el comercio electrónico.
- Ley 34/2002 (LSSI) Transposición de la Directiva anterior. Incluye:
- Información obligatoria en webs profesionales (art. 10).
- Responsabilidades por presencia en Internet (arts. 13–17).
- Envío de comunicaciones comerciales electrónicas (arts. 19–22.1).
- Uso de cookies (art. 22.2).
- Venta online (arts. 23–24).
- Ley de Competencia Desleal (art. 29) Reconoce el derecho de oposición en la propia llamada comercial, sin necesidad de usar otras vías.
- Ley de Prensa y Ley Orgánica de Rectificación Periodística Regulan el deber de secreto y el derecho de réplica en medios de comunicación.
- Ley Orgánica sobre honor, intimidad y propia imagen Aplicable a la captación de imágenes en eventos y a la gestión de opiniones públicas.
- Ley de Consumidores y Usuarios Regula la venta online y los derechos del consumidor.
- RLOPD (arts. 45–51, en lo no contradictorio con el RGPD) Regula el tratamiento de datos para fines publicitarios y de prospección comercial.
- RGPD – Considerando 50 «Las operaciones de tratamiento ulterior con fines de archivo en interés público, fines de investigación científica e histórica o fines estadísticos deben considerarse operaciones de tratamiento lícitas compatibles».
2. Envío de comunicaciones comerciales
Opción 1: Con consentimiento expreso (art. 21.1 LSSI)
- Requiere consentimiento específico por sectores (art. 45 RLOPD).
- No aplica la Lista Robinson si existe consentimiento expreso.
- Debe incluir sistema de oposición electrónico en cada envío.
- ✳️ STS 188/2022: Multa de 40.000 € por no verificar el email mediante confirmación activa (doble opt-in).
- ✳️ PS/00208/2018: Multa de 3.000 € por enviar correos publicitarios sin verificar el email ni garantizar baja efectiva.
- ✳️ PS/00397/2014: Multa de 60.000 € por enviar correos publicitarios sin verificar el email mediante doble opt-in ni garantizar la baja.
- ✳️ E/04696/2016: Sin multa gracias a que se comprometió a implementar doble opt-in y eliminar los correos del denunciante de forma voluntaria.
- 📝 Alemania – Sentencia BGH I ZR 164/09: el Tribunal Supremo alemán declaró que el sistema de doble opt-in verifica que alguien tiene acceso a una dirección de correo electrónico, pero no garantiza que la persona que confirma el email sea también titular del número de teléfono proporcionado en el formulario. Por tanto, no sirve como prueba de consentimiento para llamadas.
- 📝 Austria – Datenschutzbehörde (DSB): considera infracción no usar doble opt-in en registros digitales.
- 📝 Francia – CNIL (Commission Nationale de l’Informatique et des Libertés): exige consentimiento previo verificable para publicidad electrónica, lo que implica doble opt-in.
- 📝 Países Bajos – Autoriteit Persoonsgegevens (AP): exige consentimiento claro y demostrable, recomendando doble opt-in como práctica segura.
Opción 2: Sin consentimiento (art. 21.2 LSSI + art. 6.f RGPD)
- Solo para productos o servicios propios similares a los contratados.
- Vigencia: mientras dure la relación contractual y hasta 12 meses tras la última interacción del receptor con el emisor (Circular 1/2023).
- Obligatorio informar previamente y permitir oposición efectiva.
- ✳️ STS 4399/2020 + ✳️ Resolución AEPD E/01423/2020: Refuerzan el deber de información, de oposición y la expectativa razonable del receptor (Dictamen 06/2004 GT29, Informe 0195/2017 AEPD y Considerando 47 RGPD).
- 📝 Informe 0195/2017 (AEPD): Confirma que el interés legítimo puede ser base jurídica para comunicaciones no electrónicas (como correo postal o llamadas), siempre que exista una expectativa razonable del cliente y se respete su derecho de oposición. Además, aclara que la LSSI prevalece sobre el RGPD en comunicaciones electrónicas, por ser norma especial.
3. Límites y buenas prácticas
Lista Robinson
- Consulta obligatoria cada 2 meses.
- Exclusión permanente salvo nuevo consentimiento.
Llamadas telefónicas
- Máximo 3 intentos mensuales por cliente no contactado.
- Si el cliente rechaza la oferta, no volver a llamar en 3 meses.
- Horario permitido: 9:00–21:00, excluyendo festivos y fines de semana.
- Baja: inmediata o en máximo 30 días si hay causa técnica justificada.
Mensajes electrónicos
- Máximo 3 al mes si son promocionales.
- Sin límite si forman parte de una suscripción activa.
- Baja: inmediata o en máximo 30 días si hay causa técnica justificada.
Cookies
- Consentimiento o rechazo válido por 24 meses. No volver a preguntar en los tres meses siguientes (art. 8 Ley 3/1991).
- El usuario puede modificar su decisión en cualquier momento.
- El banner debe ser accesible de nuevo bajo demanda.
Correo postal y visitas presenciales
- No hay límite legal siempre que en el sobre no figuren datos personales, pero se considera desleal la reiteración no deseada.
- Recomendación: máximo 3 impactos mensuales.
4. Sanciones relevantes por uso indebido de WhatsApp
La AEPD ha sancionado a varias entidades por utilizar WhatsApp sin base legítima ni consentimiento válido:
- ⚠️ PS/00192/2024 – 70.000 € Por contactar a una trabajadora a través de su número personal sin consentimiento.
- ⚠️ PS/00298/2023 – 3.000 € Por incluir a más de 150 personas en un grupo de WhatsApp sin autorización previa.
- ⚠️ PS/00472/2022 – 1.500 € Por escribir a empleados por WhatsApp sin consentimiento.
5. Casos y resoluciones destacadas
- R/00171/2015 (LinkedIn) Prohibido extraer datos para fines comerciales sin consentimiento. Permitido para contratación directa. No se pueden usar herramientas automáticas.
- PS/00258/2020 Multa de 12.000 € por llamadas no consentidas a persona incluida en Lista Robinson.
- E/09158/2018 (DIA SA) El consentimiento para recibir publicidad no es desproporcionado si se vincula a descuentos voluntarios.
- Informe 89/2020 (AEPD) El concepto de «fuente accesible al público» desaparece con el RGPD. Requiere juicio de ponderación.
Cookies
Protección de datos en el uso de cookies
- Guía de Cookies (mayo 2024)
- Informes AEPD:
- Qué hay que poner en el banner de cookies y en la segunda capa.
- Sí, también las universidades tienen que cumplir la Ley de Cookies
- Se requiere un consentimiento (revocable) expreso separado al de suscripción para usar tracking pixels en campañas de e-mail marketing (Informe 11/2014 AEPD) [ver copia]
- Informes CNIL
- Sentencia TJUE sobre cookies – Asunto C-673/17 (nota de prensa) – «La información que el proveedor de servicios debe facilitar al usuario incluye el tiempo durante el cual las cookies estarán activas y la posibilidad de que terceros tengan acceso a ellas«.
- Informes y publicaciones de agencias de protección de datos no españolas:
- What if our users change their minds about cookies? (ICO): El banner de cookies debe poder volver a desplegarse. «You should therefore ensure that your consent mechanism has the technical capability to allow users to withdraw their consent with the same ease that they gave it, otherwise it will not be compliant with the UK GDPR’s consent requirements«.
- Informe CNIL (Agencia francesa) sobre cookies, de 18 de julio de 2019 (traducción automática al español): «la pratique qui consiste à bloquer l’accès à un site web ou à une application mobile pour qui ne consent pas à être suivi ( cookie walls ) n’est pas conforme au RGPD» (La práctica consistente en bloquear el acceso a un sitio web o a una aplicación móvil por no aceptar ser rastreado (cookie walls) no es conforme al RGPD).
- Sobre corresponsabilidad en el tratamiento:
- Por extracción de datos a través de widgets y botones: Stc. TJUE C-40/17 – Fashion ID
- Por extracción de datos a través de la página o el usuario de empresa en redes sociales: Stc. TJUE C-210/16 – Wirtschaftsakademie Schleswig-Holstein
- [ Ejemplo práctico: ver adenda a la política de protección de datos de FB]
- Algunas resoluciones de interés (AEPD):
- PS/00024/2021: ABANCA. AEPD recuerda que determinados dispositivos que sirven para maquetar espacios publicitarios tienen consideración de técnicos y pueden usarse sin consentimiento.
- PS/00032/2020 (copia de seguridad): IBERIA (30.000 €) – El banner usaba la frase «ofrecerle la mejor experiencia de navegación», solo ofrecía los botones «aceptar» y «configuración de cookies», pero ninguno para rechazarlas todas, y la información ampliada no indicaba qué cookies son de terceros o cuál es su periodo de conservación.
- PS/00299/2019: TWITTER SPAIN, S.L. (30.000 €)
- PS/00127/2019: IKEA IBERICA, S.A.U. (10.000 €)
- E/02076/2020: La LSSI no es de aplicación a las Administraciones Públicas
- Otros textos de interés:
- Guía italiana de cookies: para volver a pedir consentimiento deben haber transcurrido al menos seis (6) meses.
- CEPD / EDPB – Guidelines 8/2020 on the targeting of social media users
- IAB – GDPR Guidance: Legitimate Interests Assessments (LIA) forma Digital Advertising
- 2019: Rastreadores analíticos: fingerprinting, pixels, cookies…
- 2017: Qué plugin para WordPress funciona para cumplir la Ley de Cookies
- 2014: Cómo hacer una auditoría de cookies
- 2012: Cómo cumplir la ley de cookies
Defensa y justicia
1. Derechos fundamentales y secreto profesional
- Constitución Española (art. 24) Reconoce el derecho a no declarar contra uno mismo, a no confesarse culpable y a la presunción de inocencia. Estos principios limitan el tratamiento de datos personales en procesos judiciales y policiales.
- Código Deontológico de la Abogacía Española (art. 5) Impone el deber de secreto profesional como obligación esencial del abogado, con implicaciones directas en la custodia y tratamiento de datos personales de clientes.
- Código de Deontología de los Abogados Europeos (art. 2.3) Refuerza el deber de secreto como base de la confianza entre abogado y cliente, aplicable en todo el espacio jurídico europeo.
- Ley Orgánica 1/2004, de medidas de protección integral contra la violencia de género (art. 63) Garantiza la protección de la intimidad de las víctimas, incluyendo el tratamiento confidencial de sus datos personales en procedimientos judiciales y administrativos.
2. Videovigilancia y seguridad privada
Informe 10308/2019 (AEPD) La videovigilancia no legitima automáticamente el uso de sistemas de reconocimiento facial. Estos requieren una evaluación específica de impacto, proporcionalidad y necesidad, caso por caso.
Ley 5/2014, de Seguridad Privada (arts. 15, 42, 48 y 49) Regula el uso de videocámaras por empresas de seguridad y detectives privados. Establece:
- Requisitos de proporcionalidad y finalidad legítima.
- Conservación de imágenes e informes de investigación durante 3 años.
- Prohibición de grabación en espacios privados sin consentimiento o habilitación legal.
Informe 9/2019 (AEPD) Determina que la empresa de seguridad que decide sobre la finalidad y medios del tratamiento es responsable, no mero encargado, cuando actúa por cuenta propia.
Educación
Protección de datos en el ámbito educativo
- Dictamen CNS 11/2021 (Autoridad Catalana de Protección de Datos) Considera lícito, en general, el uso de cámaras durante clases online si se fundamenta en el cumplimiento de una misión en interés público (art. 6.1.e RGPD). Requiere proporcionalidad y transparencia.
- Guía para centros educativos (AEPD) Recoge buenas prácticas para el tratamiento de datos personales en entornos escolares, con especial atención a menores, consentimiento, videovigilancia y redes sociales.
- Informe sobre el uso de aplicaciones en la nube por profesores y alumnos (AEPD) Advierte sobre los riesgos de utilizar plataformas externas no controladas por el centro educativo, especialmente en relación con la seguridad, la licitud del tratamiento y la responsabilidad del centro.
- Informe sobre la publicación de calificaciones en estudios de Grado (AEPD) Establece que las notas solo pueden publicarse si se garantiza la anonimización o se cuenta con consentimiento válido. Prohíbe mostrar identificadores personales sin base jurídica.
Finanzas
Protección de datos en el ámbito financiero
- Ley 13/2011, de regulación del juego (arts. 16 y 22) Impone medidas de seguridad reforzadas en la homologación de software. Autoriza el registro de datos personales, sin consentimiento, de personas vinculadas a operadores o con prohibición de acceso al juego.
- Ley 10/2014, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito Establece la obligación de informar por escrito en precontratos y contratos, reforzando la transparencia en el tratamiento de datos personales en servicios financieros.
- Ley 26/2013, de cajas de ahorros y fundaciones bancarias Legitima la cesión de datos personales al Banco de España en el marco de supervisión financiera.
- Ley 10/2010, de prevención del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo Permite crear ficheros sin consentimiento ni información previa al interesado. Impone la custodia de los datos durante 10 años. Los gestores de ficheros comunes (art. 33) deben contar con Delegado de Protección de Datos (DPO), según criterio de la AEPD.
- Ley Hipotecaria (1946) Establece que la acción hipotecaria prescribe a los 20 años, lo que condiciona la conservación de datos vinculados a garantías reales.
- Ley 58/2003, General Tributaria Obliga a informar a la Agencia Tributaria sin necesidad de consentimiento. Permite la publicación de listados de deudores en determinados supuestos.
Logística y franquicias
Protección de datos en logística y franquicias
- Informe 0263/2009 (AEPD) En el modelo de franquicia, el franquiciado es responsable del tratamiento de los datos de sus clientes, y el franquiciador actúa como encargado si trata los datos por cuenta del franquiciado. Si el franquiciador desea tratar los datos como responsable, se requiere consentimiento previo del interesado.
- Ley 43/2010, de servicio postal universal y mercado postal Regula el tratamiento de datos en el sector postal, incluyendo el secreto de las comunicaciones, la inviolabilidad de los envíos y los derechos de los usuarios. Establece obligaciones específicas para operadores postales en relación con la protección de datos personales.
Telecomunicaciones
Protección de datos en telecomunicaciones
- Directiva 2002/58/CE, sobre privacidad en comunicaciones electrónicas Regula cookies, confidencialidad y comunicaciones comerciales.
- Ley 11/2022, General de Telecomunicaciones Regula la interceptación legal de comunicaciones, colaboración con autoridades y protección de datos en redes y servicios.
- Ley 25/2007, de conservación de datos Formalmente vigente, pero parcialmente inaplicable. Su aplicación está limitada por la sentencia del TJUE (Digital Rights Ireland, 2014 -ver Infocuria-), que anuló la Directiva en la que se basaba. Solo puede aplicarse en casos concretos y bajo control judicial estricto.
Partidos políticos
Protección de datos en partidos políticos
- Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General (LOREG) – Regula el régimen electoral y aspectos sobre propaganda electoral.
- Sentencia TC 76/2019, de 22 de mayo – Declara inconstitucional y nulo el apartado 1 del art. 58 bis (tratamiento de datos sobre opiniones políticas).
- Circular AEPD 1/2019 – Interpretación del art. 58 bis (sin efecto tras la STC 76/2019).
- Formulario de exclusión en copias del censo electoral – Permite evitar el envío de propaganda electoral postal.
- Ley Orgánica 6/2002, de Partidos Políticos – Regula la creación y funcionamiento de partidos.
Laboral
Protección de datos en el ámbito laboral
- Estatuto de los Trabajadores (RDL 2/2015) – Determina condiciones sobre la inviolabilidad del trabajador, su seguridad y salud, así como la forma en que el empleador puede controlar al empleado (arts. 18, 19, 20 y 20 bis).
- Ley 23/2015, de Inspección de Trabajo y Seguridad Social – Regula las facultades inspectoras, incluyendo el acceso a datos de trabajadores sin necesidad de consentimiento (arts. 16, 18 y 24).
- Real Decreto 1844/1994, de elecciones a órganos de representación laboral – Establece qué datos de los empleados han de hacerse públicos en procesos electorales (art. 6).
- Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales – Regula la vigilancia de la salud y la protección de datos sanitarios en el ámbito laboral (art. 22).
- Ley 14/1994, de Empresas de Trabajo Temporal – Define el régimen de cesión de trabajadores y responsabilidades en el tratamiento de datos.
1. Informes y guías AEPD
- Guía sobre la protección de datos en las relaciones laborales (AEPD) – Incluye recomendaciones sobre dispositivos digitales, registro de jornada, redes sociales, whistleblowing y desconexión digital.
- Informe 112/2008 – El servicio de vigilancia de la salud externo (PRL) es responsable del tratamiento de los datos cedidos por la empresa contratante.
- Informe 412/2009 – En determinados casos, se pueden comunicar nóminas y el RNT (antiguo TC2) a la empresa principal cuando hay subcontratas.
- Informe 172/2006 – Una ETT y la empresa usuaria no han de firmar un contrato de encargado del tratamiento (CET).
2. Resoluciones AEPD
- R/00214/2021 – Infojobs debe informar, a quien ejercita su derecho de acceso, sobre las empresas a las que ha comunicado el CV de un candidato.
- PS/00245/2019 – Se considera dato de carácter especial la respuesta que dé una persona cuando se le pregunta por su sexo y se ofrece la opción “otras”.
- PS/00237/2021 – Sanción impuesta a una empresa por no proporcionar la información requerida sobre protección de datos en una oferta de trabajo.
3. Sentencias y resoluciones judiciales
- TSJCV Social, 22 junio 2021 – Una empresa puede despedir de forma procedente a los empleados que caen en phishing y fraude del CEO.
- STS 3910/2016 – La Sección Sindical está legitimada para enviar por email información sindical, con límites y obligaciones de información.
- SAN 4002/2020 – La empresa no puede entregar las direcciones de correo electrónico de los trabajadores a los representantes sindicales.
- STS 1413/2021 – El Tribunal Supremo confirma la pena de prisión a un empresario que accedió reiteradamente al correo electrónico particular de un trabajador.
Innovación y Tecnología
Protección de datos en el uso de nuevas tecnologías
- IA (Inteligencia Artificial):Adecuación al RGPD de tratamientos que incorporan Inteligencia Artificial. Una introducción.
- IoT (Internet de las Cosas): Opinión sobre el Internet de las Cosas (GT29)
- Big Data (Grandes cantidades de datos dispares provenientes de fuentes diversas): Código de buenas prácticas en protección de datos para proyectos big data (AEPD)
- Cloud (Nube o servidores ajenos):
- Smartphones (teléfonos inteligentes):
- Red Social: Informe 0184/2013 de la AEPD sobre la aplicación de la antigua LOPD 15/1999 a la creación de una red social, con mención expresa al bloqueo de datos
- Cifrado o criptografía:
- Anonimización y seudonimización:
- K-Anonimidad como medida de la privacidad (AEPD)
- Introducción al hash como técnica de seudonimización de datos personales (AEPD)
- Dictamen 05/2014 sobre técnicas de anonimización (Article 29 Working Party)
- Fingerprinting y tracking pixels:
- Se requiere un consentimiento (revocable) expreso separado al de suscripción para usar tracking pixels en campañas de e-mail marketing (Informe 11/2014 AEPD) [ver copia]
- Reconocimiento facial, de huellas dactilares y otros datos biométricos:
- Guidelines on Facial Recognition, por el Comité del Convenio de Protección de Datos, conocido como Convenio 108.
- 14 equívocos con relación a la identificación y autenticación biométrica (Junio 2020 AEPD)
- Control de acceso al comedor por huella dactilar (Informe 0065/2015 AEPD)
- Fingerprinting o huella digital del dispositivo (Estudio AEPD)
- Biométrie sur les lieux de travail : publication d’un règlement type (CNIL)
- WiFi:➔ Recomendación: Área AEPD sobre Protección de Datos y Nuevas Tecnologías
Guías de Protección de datos
Responsable del tratamiento
- (versión antigua) Quién es responsable y quién es encargado (GT29)
- (versión nueva) Directrices 07/2020 sobre los conceptos de «responsable del tratamiento» y «encargado del tratamiento» en el RGPD (CEPD)
- Responsable del Tratamiento – Guía para el responsable de tratamientos de datos personales (AEPD): Esta guía explica las principales obligaciones del responsable del tratamiento.
- Informe Jurídico 0494/2008 AEPD: «cada una de las empresas que integran el grupo será responsable del fichero de datos de sus correspondientes empleados»
- STS 3896/2004, de 5 de junio de 2004: Diferencia entre las figuras de responsable del tratamiento y responsable del fichero, conforme a la derogada LOPD pero aplicable conceptualmente a determinados casos RGPD.
Análisis de riesgos y evaluaciones (EIPD)
- Guía de protección de datos por defecto (AEPD)
- Guía práctica para las evaluaciones de impacto en la protección de datos personales (AEPD)
- Guía Práctica para la evaluación de impacto relativa a la protección de datos (APDCAT)
- Directrices sobre la evaluación de impacto relativa a la protección de datos (EIPD) y para determinar si el tratamiento «entraña probablemente un alto riesgo» a efectos del RGPD (GT29)
Transparencia y consentimiento
- Transparencia en el RGPD (GT29)
- Consentimiento en el RGPD (GT29)
- Decisiones individuales automatizadas y elaboración de perfiles, según RGPD (GT29)
- La Portabilidad (GT29) – preguntas frecuentes
- El DPO (GT29) – preguntas frecuentes [en inglés]
- Interés Legítimo – Dictamen 06/2014 sobre el concepto de interés legítimo del responsable del tratamiento de los datos en virtud del artículo 7 de la Directiva 95/46/CE (útil para el sopesamiento)
Encargos y Transferencias
- Directrices para la elaboración de contratos entre responsables y encargados del tratamiento (AEPD): Incluye un modelo de CET que puedes pasar a .docx.
- Directrices sobre las excepciones del artículo 49 del Reglamento 2016/679 (CEPD) [inglés]: Explica el alcance y la forma de las excepciones que permiten transferencias internacionales de datos.
- Guía acerca del Escudo de Privacidad UE – EE. UU. (AEPD): Explica detalles de interés sobre el acuerdo entre la Unión Europea y los Estados Unidos.
Incidentes y brechas de seguridad
- Guidelines 01/2021 on Examples regarding Data Breach Notification Adopted on 14 January 2021 Version 1.0 (CEPD – EDPB)
- Guía sobre la notificación de las violaciones de seguridad (GT29)
- Guía para la notificación de brechas de datos personales (AEPD)
- Cómo gestionar una fuga de información en un despacho de abogados (INCIBE)
- Guía nacional de notificaciones y gestión de ciberincidentes (Consejo Nacional de Ciberseguridad)
Autoridades de control y multas administrativas
Sentencias de interés
Las sentencias resuelven sobre casos concretos. Recuerda: cuando cites palabras de algún tribunal, debes siempre añadir el contexto.
A.- Derecho al Olvido:
Sentencias fundamentales sobre Derecho al Olvido (Unión Europea y España):
- TJUE – Sentencia del Derecho al Olvido: Explica qué es y qué alcance tiene el Derecho al Olvido.
- TS – Sentencia 964/2016: Google Spain S.L. carece de legitimación pasiva para ser parte en los procedimientos de tutela de derechos seguidos ante la Agencia Española de Protección de Datos.
- TS – Sentencia 545/2015 (ver post): Los periódicos digitales deben imposibilitar que los motores de búsqueda indexen ciertas noticias antiguas cuando los afectados se lo soliciten, al entender que que en tales casos los derechos fundamentales al honor, a la intimidad y a la protección de datos prevalecen sobre la libertad de información.
- TS – Sentencia 1280/2016: Google Spain SL condenada a indemnizar por no retirar información de un indulto de 1999.
- TS – Sentencia 4016/2020 (post): Reconocer solo el derecho al olvido cuando se busque el nombre y un apellido no es coherente.
Recursos adicionales:
- Criterios comunes para aplicar la sentencia sobre el ‘derecho al olvido’
- La AEPD mantiene la web «Derecho de supresión («al olvido»): buscadores de internet» con recursos sobre el Derecho al Olvido.
Formularios para ejercitar el derecho al olvido:
B.- Miscelánea de sentencias imprescindibles:
- TJUE – Sentencia Lindqvist: Se condena a una catequista por publicar en su blog datos de terceros sin el correspondiente consentimiento.
- TC – Sentencia 292/2000: Sienta que la Protección de Datos es un derecho fundamental autónomo.
- TJUE – Sentencia C‑311/18, de 16 de julio de 2020 – Schrems II: El Tribunal Europeo considera inválida la Decisión por la que se aprobó el Acuerdo de Escudo de la Privacidad.
- TJUE – Sentencia C-362/14, de 6 de octubre de 2015 – Schrems I: El Tribunal Europeo considera inválida la Decisión por la que se aprobó el Acuerdo de Puerto Seguro.
- Repositorio de Sentencias del TEDH (Tribunal Europeo de Derechos Humanos) en relación con la protección de datos personales (hasta junio 2018)
C.- Otras sentencias de interés:
- TJUE – C-25/17 – Jehovan todistajat (nota de prensa en español): Una comunidad religiosa, como la comunidad los Testigos de Jehová, es responsable, junto con sus miembros predicadores, del tratamiento de los datos personales recogidos durante una actividad de predicación puerta a puerta.
- STS – 698/2021 – Testigos Cristianos de Jehová: la Confesión Religiosa de Testigos Cristianos de Jehová tiene interés legítimo en conservar datos de las personas expulsadas o desasociadas
- TJUE – Asunto C‑40/17: El Tribunal considera que el responsable de un sitio web y FB son corresponsables en determinados tratamientos vinculados a la extracción de datos a través de un botón «me gusta» integrado en dicho sitio web.
- STS 1090/2021: El TS condena a prisión (2a 6m 1d) a una enfermera que accedió al historial clínico de tres pacientes que no tenía asignados en el centro de salud donde trabajaba.
- STS 2484/2019: El TS considera que las mediciones de consumo eléctrico son un dato personal.
- STC 169/2018: El Tribunal considera inconstitucional el uso genérico de la cámara oculta en el periodismo.
- STS 363/2016 y STC 27/2020 (nota de prensa del CGPJ): Prohibición de publicar, incluso por periodistas, fotografías tomadas de Facebook sin los correspondientes consentimientos expresos.
- STS 5731/2012: El TS considera una intromisión la toma de fotografías no consentidas (robados) a una famosa en una playa pública.
Resoluciones de interés
- Sanciones RGPD en países miembros de la UE: GDPR Enforcement Tracker
- Selección de PS con multas RGPD en España (accede a las demás a través de la web de la AEPD):
- PS/00059/2020: VODAFONE ESPAÑA, S.A.U. (8.150.000 €)
- PS/00477/2019: CAIXABANK, S.A. (6.000.000 €)
- PS/00070/2019: BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A. – BBVA (5.000.000 €)
- PS/00334/2019: D. B.B.B. (10.000 €): AEPD impone multa de 10.000 euros a una persona que difunde por WhatsApp fotos íntimas de otra. Para determinar el importe de la multa se tiene en cuenta que el infractor es una persona física que no se dedica al tratamiento de datos y que divulgó sin dolo y solo localmente las imágenes, siendo afectada una sola persona.
- PS/00300/2019: VUELING AIRLINES, S.L. (30.000 € reducida a 18.000 €)
- PS/00299/2019: TWITTER SPAIN, S.L. (30.000 €)
- PS/00233/2019: VIAQUA XESTIÓN INTEGRAL DE AUGAS DE GALICIA, S.A. (60.000 €)
- PS/00159/2019: AVON COSMETICS SAU (60.000 €)
- PS/00127/2019: IKEA IBERICA, S.A.U. (10.000 €)
- PS/00121/2019: GESTIÓN DE COBROS, YO COBRO SL. (60.000 €)
- PS/00092/2019: VODAFONE ONO, S.A.U. (60.000 € reducida a 36.000 €)
- PS/00074/2019: ENDESA ENERGÍA XXI, S.L.U. (100.000 €, reducida a 60.000 €)
- PS/00411/2018: VODAFONE ESPAÑA, S.A.U. (45.000 €, reducida a 27.000 €)
- PS/00331/2018: VODAFONE ESPAÑA, S.A.U. (5.000 €)
- PS/00326/2018: LIGA NACIONAL DE FÚTBOL PROFESIONAL (250.000 €)
- Resolución de Tutela de Derechos de interés:
- R/00540/2019: No es necesario solicitar el DNI para el ejercicio de derechos (en este caso, de supresión) si la persona interesada se identifica suficientemente por otros medios (en este caso, una dirección de email es suficiente), ya que «carece de sentido que sea mayor el rigor para dar de baja que el rigor para dar de alta».
- Apercibimientos de interés:
- PS/00195/2019: DESSAU ARTE INMOBILIARIO, S.L. [Incorporación a grupo de WhatsApp sin consentimiento]
- A/0023/2019: VOYAGE PRIVE ESPAÑA, S.L. [Incumplimiento de la normativa de cookies]
- A/00001/2019: LIVING TERRITORIWEB, S.L. [Incumplimiento de la normativa de cookies]
- Archivos de interés:
- E/08205/2019: PROMOFARMA ECOM S.L [brecha de seguridad con filtración de datos personales de 1.3 millones de personas]
- E/09159/2020: MAPFRE ESPAÑA COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A. [brecha de seguridad con filtración de datos de menos de 10 personas]
Consultas realizadas a la AEPD
Durante estos años he presentado, por iniciativa propia o en representación de terceros, consultas a la AEPD. Muchas veces a los responsables nos les basta con que una norma imponga una obligación concreta, sino que demandan una respuesta escrita por parte de la AEPD. Por este motivo verás consultas que no habría sido necesario ni formular. A continuación comparto una selección de 10 consultas interesantes.
A.- ¿Un abogado necesita firmar CET con sus clientes?
- Respuesta de la AEPD, de 12 de junio de 2018.
- Consulta
B.- ¿Es necesario que los suscriptores a un boletín renueven sus consentimientos, que ya otorgaron de forma expresa antes del 25 de mayo de 2018? (Considerando 171 RGPD)
- Consulta
- Respuesta de la AEPD, de 12 de junio de 2018.
C.- ¿RGPD es aplicable al tratamiento de los datos de las personas de contacto en las empresas?
- Consulta
- Respuesta de la AEPD, de 5 de abril de 2018.
D.- ¿RGPD permite seguir usando usando casillas redactadas en negativo o premarcadas para obtener consentimientos u obtenerlos por el paso 30 días sin oposición?
- Consulta
- Respuesta de la AEPD, de 9 de febrero de 2018.
E.- La existencia de la Lista Robinson presupone que todo nacido consiente tácitamente la recepción de publicidad dirigida. ¿Seguirá existiendo la Lista Robinson con el RGPD?
- Consulta
- Respuesta de la AEPD, de 20 de febrero de 2018.
F.- Un grupo de empresas puede tener un único DPO que no sepa español, no esté en España y no conozca el derecho español, siempre que tenga a su cargo a un gestor español con un equipo en España formado por profesionales que sepan español y dominen el derecho español?
- Consulta (ver enunciado)
- Respuesta de la AEPD, de 5 de abril de 2018.
G.- RGPD para influencers: Consulta jurídica sobre la posibilidad de convertir una base de datos de miles de usuarios obtenida para fines personales en una base de datos para el envío de comunicaciones comerciales de terceros por vía electrónica
- Consulta
- Respuesta AEPD, de 20 de junio de 2017.Lista
H.- ¿Es necesario firmar un CET con empresas de correos y mensajería?
- Consulta
- Respuesta AEPD, de 21 de febrero de 2019.
- Informe 64/2020 (AEPD): Por norma general, Correos será Encargada cuando sea contratada de acuerdo con la legislación de contratación del sector público o por un Responsable privado, siempre que no se trate de prestaciones incluidas en el servicio postal universal o en la “excepción doméstica”, en cuyo caso será Responsable. No obstante, Correos podrá ser tanto Responsable como Encargada para un mismo servicio pero en relación con tratamientos diferentes. En definitiva, se debe analizar caso por caso, cada situación, debido a que la apariencia formal de la existencia o inexistencia de un contrato puede no corresponder con la naturaleza material de la toma de decisiones que se haga sobre los tratamientos.
I.- ¿Hay que firmar contrato de encargado del tratamiento con auditores de cuentas?
- Consulta (ver enunciado)
- Respuesta AEPD, de 22 de noviembre de 2018.
J.- ¿Se debe permitir el acceso al interesado a datos que hayan sido bloqueados por el responsable?
- Consulta
- Respuesta AEPD, de 4 de julio de 2019
- PS/00473/2020: Resolución sancionadora por desbloquear datos
Preguntas frecuentes
A.- ¿Una UTE es Responsable del Tratamiento?
A efectos de cumplimiento normativo, una Unión Temporal de Empresas (UTE) funciona de forma similar a un Grupo de Empresas (GE). Ambas (UTE y GE) carecen de personalidad jurídica y son las sociedades que las componen las que siguen siendo responsables de sus respectivas actividades de tratamientos de datos. Solo en caso de que todas las sociedades de la UTE determinen conjuntamente los objetivos y los medios del tratamiento, la UTE será considerada corresponsable de la actividad de tratamiento que corresponda. De lo contrario, solo habrá responsables independientes (ya sean empresas que actúan de forma autónoma, o empresas en corresponsabilidad con otras empresas, sean estas de la UTE o externas.
Estos documentos soportan las conclusiones:
- Memoria 2000 AEPD (página 12) – «En los casos de Grupo de Empresas y de Unión Temporal de Empresas, habrá que tener en cuenta que el grupo como tal carece de personalidad jurídica y que las sociedades integradas en el Grupo conservan su personalidad jurídica propia, por lo que cada una de éstas seguirá siendo responsable de sus ficheros. Las Agrupaciones de Interés Económico al tener personalidad jurídica podrán ser responsables de ficheros».
- Informe 245/2010 AEPD (página 3) – «Por tanto, cada sociedad será responsable de forma individual, de tantos ficheros como conjuntos estructurados de datos, adscritos a una determinada finalidad legítima, según el artículo 4.1 de la Ley, utilice».
- Informe Jurídico 0494/2008 AEPD (página 2): «cada una de las empresas que integran el grupo será responsable del fichero de datos de sus correspondientes empleados».
- Reglamento General de Protección de Datos (Considerando 48) – «Los responsables que forman parte de un grupo empresarial o de entidades afiliadas a un organismo central pueden tener un interés legítimo en transmitir datos personales dentro del grupo empresarial para fines administrativos internos».
- Reglamento General de Protección de Datos (Art. 26) – «Cuando dos o más responsables determinen conjuntamente los objetivos y los medios del tratamiento serán considerados corresponsables del tratamiento».
Curso DPD
La Agencia Española de Protección de Datos mantiene (a 16 de febrero de 2020) en esta página un listado con siete entidades de certificación para DPD acreditadas por ENAC:
- IVAC INSTITUTO DE CERTIFICACIÓN, SL: Autorizada el 07/09/2018.
- ASOCIACIÓN PARA EL FOMENTO DE LA SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN, ISMS FORUM: Autorizada el 11/10/2018.
- ASOCIACIÓN ESPAÑOLA PARA LA CALIDAD (AEC): Autorizada el 26/10/2018.
- ANF AUTORIDAD DE CERTIFICACIÓN ASOCIACIÓN, ANF AC: Autorizada el 25/01/2019.
- CUALICONTROL – ACI, S.A. (Unipersonal): Autorizada el 27/09/2019.
- AENOR INTERNACIONAL, S.A. (Unipersonal): Autorizada el 30/09/2019.
- ADOK CERTIFICACIÓN INTERNACIONAL, SL: Autorizada el 22/11/2019.
Si quieres un curso online o presencial que esté reconocido para certificarte, ahora puedes encontrar las entidades de formación reconocidas, con enlaces a sus programas, precios y fichas de inscripción, en la web de la AEPD sobre Certificación de delegado de protección de datos (cuando esta web esté disponible).
Acrónimos
- CE – Constitución Española
- CET – Contrato de Encargado del Tratamiento
- DPD / DPO – Delegado de Protección de Datos
- LAP – Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica
- LCD – Ley 3/1991, de 10 de enero, de Competencia Desleal
- LO 1/82 – Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen
- LO 2/84 – Ley Orgánica 2/1984, de 26 de marzo, reguladora del derecho de rectificación
- LOPD 15/1999 – Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal
- LOPDGDD – Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales
- RGPD / GDPR – Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos)
- RLOPD – Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal