Plazos de conservación, bloqueo y destrucción de datos personales (RGPD y legislación española)

La gestión adecuada de los datos personales implica no solo su tratamiento conforme a la normativa vigente, sino también el cumplimiento riguroso de los plazos de conservación, bloqueo y destrucción establecidos por la legislación.

En este sentido, el informe jurídico 148/2019 de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) proporciona un marco detallado sobre cómo deben aplicarse estos plazos en función del tipo de dato y su finalidad. Este documento recoge las obligaciones legales derivadas de normativas como la LOPDGDD, el RGPD, el Código Civil, el Código Penal y otras disposiciones sectoriales, estableciendo criterios específicos para la conservación temporal, el bloqueo posterior y la destrucción definitiva de los datos personales.

A continuación, detallo los plazos, diferenciando entre conservación, bloqueo y destrucción, con el fin de ayudar a garantizar una gestión responsable.

1) Conservación:

  • Variable
    • Art. 21 LSSI. Dirección electrónica para fines publicitarios: si la persona se inscribió, hasta que retire su consentimiento; si se usó el interés legítimo, mientras exista expectativa razonable en la persona de seguir recibiendo publicidad.
    • Capítulo 3.7 La protección de datos en las relaciones laborales: El CV de una persona candidata solo se puede conservar mientras dure el proceso (periodo que debe indicarse a la persona candidata). El CV debe destruirse salvo que sea la única forma de bloquear los datos personales de la persona candidata.
    • Art. 1255 Código Civil. Títulos, certificados y acreditaciones no universitarios no oficiales, junto con el expediente.[Tienen plazo “sin límite” los títulos, certificados y acreditaciones universitarios oficiales, junto con sus tesis doctorales, trabajos de fin de grado (TFG) y trabajos de fin de máster (TFM), así como los títulos, certificados y acreditaciones universitarios no oficiales y los no universitarios oficiales]
  • 1 mes como máximo:
  • 3 meses como máximo:
    • Art. 24 LOPDGDD. Denuncias internas. Después no hay bloqueo sino destrucción.
  • 1 año
  • 2 años:
  • 4 años:
  • 6 años:
    • Art. 30 Código de Comercio Libros de contabilidad, facturas, documentos empresariales… Computa desde el último asiento realizado (manteniendo esta fecha por defecto en el 31 de diciembre).
  • 10 años:
  • 40 años:
  • Sin límite, según estimación justificada al no haber un plazo expresamente establecido en el ordenamiento:
    • Art. 23 LOPDGDD: se conservará marcado los datos correspondientes a personas que no deseen recibir comunicaciones comerciales (salvo telefónicas), con objeto de no realizarlas. Los demás datos prescindibles pasarán a ser bloqueados.
    • Arts. 4 y 20 1002/2010. Títulos, certificados y acreditaciones universitarios oficiales, junto con sus tesis doctorales, trabajos de fin de grado (TFG) y trabajos de fin de máster (TFM).
    • Art. 36 y 37 RD 822/2021. Títulos, certificados y acreditaciones universitarios no oficiales.
    • Art. 3 RD 1564/1982 y Resolución 10/05/2017 y arts. 15, 27 y otros LOFP. Títulos, certificados y acreditaciones no universitarios oficiales.[Tienen plazo “variable” los títulos, certificados y acreditaciones no universitarios no oficiales]
    • Art. 21 LOSUArt. 89 RGPD. Programas formativos con detalle del personal docente.

2) Bloqueo. Este plazo computa desde que pudo ejercerse la acción o desde la fecha de la infracción, como norma general. Todos los plazos de prescripción y caducidad fueron suspendidos durante 82 días, desde el 14 de marzo de 2020 hasta el 3 de junio de 2020, por así disponerse en el Real Decreto 463/2020:

3) Destrucción

Finalizado el plazo de bloqueo, los datos serán destruidos: si se requiere la destrucción de papel, con una trituradora de corte transversal o cruzado (nunca en tiras); y si son digitales, con software especializado. Se debe mantener un registro de los datos y soportes destruidos, incluyendo el responsable de la destrucción, la fecha y el método.

Descargo de responsabilidad:

La información contenida en este documento tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Aunque se ha elaborado con base en fuentes oficiales y normativa vigente, su contenido puede quedar desactualizado debido a cambios legislativos o interpretaciones jurídicas posteriores. Se recomienda a los usuarios verificar la validez y actualidad de los datos antes de su aplicación, así como consultar con un profesional especializado en protección de datos para asegurar el cumplimiento normativo en cada caso concreto.

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